El pasado viernes, 13 de octubre de 2023, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) autorizó a “ciertas aerolíneas” estadounidenses a realizar vuelos “charters” de repatriación de ciudadanos venezolanos con orden de deportación desde los Estados Unidos a Venezuela.
Esta autorización fue concedida mediante el otorgamiento de una “Excepción de Emergencia” bajo la Orden 2019-5-5 de fecha 15 de mayo de 2019 en virtud de la cual -recordemos- quedaron prohibidos los vuelos directos de pasajeros, carga y correo entre los Estados Unidos y Venezuela.
Esta “Excepción de Emergencia” fue solicitada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) mediante comunicación de fecha 10 de octubre de 2023 dirigida al DOT, en la cual solicitó se les permita a “ciertas aerolíneas estadounidenses” realizar operaciones no regulares (charter) entre los Estados Unidos y Caracas con el propósito de dar cumplimiento a las órdenes finales de deportación dictadas a nacionales venezolanos.
En apoyo a su solicitud, el DHS alegó que la excepción solicitada es necesaria para poder cumplir con una de sus misiones vertebrales como lo es la seguridad de las fronteras de los Estados Unidos y la salvaguarda de la integridad del sistema de inmigración norteamericano. Arguyó que el otorgamiento de esta excepción respondería a la creciente inmigración proveniente desde Venezuela la cual está presionando a los sistemas de inmigración en todo el hemisferio, incluyendo al de los Estados Unidos.
Cabe destacar que la Orden 2019-5-5 mediante la cual quedaron suspendidos los vuelos directos entre aeropuertos ubicados en los Estados Unidos y Venezuela fue también solicitada por el DHS mediante comunicación dirigida al DOT en fecha 13 de mayo de 2019. En aquel entonces, el DHS invocó ciertas circunstancias que a su entender representaban una amenaza a la seguridad de las aeronaves, los pasajeros y tripulantes que viajaban desde ese país a Venezuela.
En referencia a estas mismas amenazas, el DHS describió también en su comunicación las medidas de seguridad que planea desplegar durante los vuelos de repatriación para contrarrestarlas.
Según el texto de esta nueva Orden 2023-10-04, los vuelos de repatriación comenzarían muy pronto a razón de varios por semana y serían operados exclusivamente por las aerolíneas norteamericanas que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE por sus siglas en inglés) o el DHS a través de sus agentes o corredores contrate a tales efectos.
Esta excepción se mantendrá vigente por el tiempo de validez de la Orden 2019-5-5.
¿Será éste el preludio del restablecimiento pleno de las relaciones aerocomerciales entre ambos países?
Amanecerá y veremos.
7-2019-0072-Venezuela-Exemption-Order-2023-10-4Rodolfo Ruiz A. – Abogado Aeronáutico en Venezuela (Clyde & Co) | Aviation Lawyer in Venezuela (Clyde & Co)
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[…] La orden 2023-10-04 establece que Los vuelos de repatriación comenzarán “muy pronto”Algunas se llevarán a cabo en el transcurso de una semana y serán realizadas exclusivamente por aerolíneas norteamericanas contratadas por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de Estados Unidos o DHS, según el informe. blog del abogado Rodolfo Ruiz. […]